Consejo Escolar Municipal de Puig

RELACIÓN DE MIEMBROS DEL CONSEJO ESCOLAR MUNICIPAL DEL PUIG. PERIODO 2011 / 2014.
 
NOMBRE Y APELLIDOS / ENTIDAD QUE REPRESENTA
1.- José Miguel Tolosa Peiró............................Alcalde Presidente
2.- Cristina Férez Chulvi...................................Concejal de Cultura Ed.
3.- Pedro José Herreros Martínez.....................Administración Educativa.
4.- Mª Teresa Calatayud Martí.........................STE
5.- Joan Enric Broseta Pascual..........................STE
6.- Fina Duet Castelló.......................................STE
7.- Maria Josep Esteve Sancho.........................C.C.O.O.
8.- Jaume Sendra Pastor...................................UGT
9.- Ana Aguilar Alcácer....................................ANPE
10.- M. José Ballester Fornés....…………....…FSIE
11.- M. José Gimeno Lor..................................AMPA Pare Jofré
12.- Isabel Alvarez Escrich................................AMPA Pare Jofré
13.- Isabel Martínez Sánchez…........................AMPA Guillem d'Entença
14.- Ana Mira Vidal.........................................AMPA Guillem d'Entença
15.- Eloïna García Félix....................................AMPA Guillem d’Entença
16.- Jesús Sandalinas Aleixandre......................AMPA I.E.S.
17.- Iberia García Porras…..............................AMPA I.E.S.
18.- Lola Lluesma Pascual................................Associació Veïns Local
19.- Luis Alvarado Collantes……....................C.C.O.O./ Local
20.- Claudia Cerdán Flores..............................Alumna IES
21.- Laura Eres Fuentes ..................................Alumna IES
22.- Rosa Maria Casas Chulvi..........................P.A.S.- UGT
23.- Xavier Lluch Balaguer………….........…..Director Pare Jofré
24.- Ana M. Orero Tejerina.............................Directora Guillem d'Entença
25.- M. Elena Bayo Viena................................Titular Sta. María del Puig
26.- Silvia Plantada Sellerés.............................Centre Públic Mun. F.P.A.
27.- Fco Javier Borrás Rocher.........................Director IES.
28.- Falta la designación del representante del PAS por el sindicato CCOO.
Secretaria: Ana Maria Angresola Cotino
 
 

REGLAMENTO DEL CONSELL ESCOLAR MUNICIPAL DEL PUIG
El Ayuntamiento en Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el día veintidós de diciembre de dos mil diez, adoptó el acuerdo de modificar el Reglamento de Régimen Interno del Consejo Escolar Municipal publicado en el BOP num. 9 de once de enero de mil novecientos noventa y dos, quedando redactado de la siguiente forma:

 

CAPITULO I.- DEFINICION Y FUNCIONES DEL C.E.M.
El C.E.M. es un órgano de carácter consultivo abierto a la participación de la comunidad local en la programación y evaluación de la enseñanza en nuestra localidad.

El C.E.M. del Puig tendrá su sede en la Fundación Pública Municipal para la Cultura, Educación, Juventud y Deportes del Puig, sita en la plaza Mariano Benlliure, sin número.

Al C.E.M. le corresponde ejercer su función consultiva en los asuntos siguientes:

Elaboración de propuestas y solicitudes de ubicación, construcción y renovación de centros docentes y unidades escolares dentro del término municipal.
Actuaciones y disposiciones municipales relativas a la enseñanza con incidencia en materias como educación especial, escolarización de marginados, actividades complementarias, extraescolares y enseñanazas no regladas.
El CEM podrá pedir información de la Administración Educativa y de las autoridades locales sobre cualquier materia que afecte a la educación en el ámbito municipal y, especialmente sobre el rendimiento escolar.
Propuesta de convenio y acuerdos para mejorar la prestación del servicio educativo.

 

CAPITULO II.- COMPOSICION DEL C.E.M.
De conformidad con la orden de 3 de noviembre de 1989 (publicada en el D.O.G.V. de 17 de noviembre de 1989) de la Consellería de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula el procedimiento para la constitución de Consejos Escolares Municipales en la Comunidad Valenciana, la composición del C.E.M. de Puig es de 28 miembros repartidos en los siguientes sectores:

Sectores:

-- Presidente: el Alcalde.
-- Profesores y P.A.S.: 9.
-- Padres de alumnos.: 7.
-- Alumnos: 2.
-- Directores y titulares de los centros del municipio: 5.
-- Asociaciones de vecinos: 1
-- Organismos sindicales de la localidad: 1.
-- Administración educativa: 1.
-- Concejal delegado por el Ayuntamiento: 1.
 

CAPITULO III.- NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL C.E.M.
1.-Las reuniones del C.E.M. serán ordinarias y extraordinarias.

2.-El C.E.M. se reunirá en sesión ordinaria tres veces al año.

3.-Las reuniones extraordinarias serán convocadas por el presidente o a petición de un tercio de sus miembros.

4.-La convocatoria del consejo corresponderá al presidente y deberá de notificarse con 48 horas de antelación. La convocatoria irá acompañada del orden del día.

5.-El orden del día será fijado por el presidente, que tendrá en cuenta las peticiones del resto de los miembros, formuladas con la suficiente antelación.

6.-El quórum para la válida constitución del consejo será el de la mayoría absoluta de sus componentes. No obstante, quedará constituido este órgano colegiado, si no se han cumplimentado los requisitos de la convocatoria, cuando se hayan reunido todos sus miembros y lo acuerden por unanimidad.

7.-En caso de no existir quórum, el consejo se constituirá en segunda convocatoria media hora después, para el cual será suficiente la asistencia de la tercera parte de sus miembros.

8.-En cada reunión habrá un moderador, que coordinará el debate según las siguientes normas:
Se respetará totalmente el orden del día.
Se pasará al tema siguiente una vez finalizado el anterior.
Se intervendrá sólo cuando el moderador conceda la palabra, intentando ser breves.

Los temas a tratar en el orden del día serán expuestos por el secretario/a.
Acabada la exposición, se abrirá un turno de palabra, y acabado éste, si procede, se adoptarán los acuerdos.
Los ruegos y preguntas deberán de ser breves y tratarán sobre temas de competencia del consejo.

9.-Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de los asistentes: en caso de empate, será decisivo el voto del presidente.
Si hubiese mayoría de abstenciones, se continuaría el debate y se procedería a una nueva votación. Si volviese a repetirse mayoría de abstenciones, se aplazaría la votación hasta una nueva sesión.

10.-No podrá ser objeto de acuerdo ningún asunto que no esté incluido en el orden del día, a menos que estén presentes la mayoría de los miembros del consejo y así lo decidan.

11.-Los miembros del consejo podrán hacer constar en acta su voto contrario al acuerdo adoptado y también los motivos que lo justifiquen.

12.-Las actas irán firmadas por el secretario/a con el visto bueno del presidente/a y se aprobarán en la próxima sesión.

13.-La secretaria del C.E.M. facilitará el material preciso para el estudio de los temas que vayan a ser tratados, cuando los interesados así lo soliciten.

14.- La duración de las reuniones no podrá ser superior a dos horas desde su comienzo.

Los puntos del orden del día que no se hayan tratado por falta de tiempo quedarán para la siguiente reunión.
En el caso de haber algún punto que haya de ser tratado urgentemente, se convocará una nueva reunión.

15.-Se constituirán las siguientes comisiones:
a) Comisión Municipal de Escolarización.
b) Comisión Permanente, que tendrá como objetivo principal la elaboración del informe anual del C.E.M. También se encargará de coordinar las actividades extraescolares de los centros de la localidad y de la coordinación de estos con la Fundación de Cultura y Educación
c) Comisión Municipal de Absentismo Escolar.
El C.E.M., reunido en sesión plenaria y haciendo uso de sus competencias, podrá crear las comisiones que crea convenientes para su mejor funcionamiento.
El Puig, 18 de enero de 2011.-El alcalde, José Miguel Tolosa Peiró.